Tribunal ordena devolverle escaño municipal
San Juan, Puerto Rico. 17 de febrero de 2012.- El candidato a la Cámara de Representantes y abogado del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Lcdo. Denis Márquez, notificó hoy que el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Arecibo que ordenó devolverle a esa colectividad el escaño municipal usurpado por Gilberto Legarreta.
Legarreta hizo su ingreso al Partido Popular luego de ser electo legislador municipal del PIP bajo la disposición de la Ley de Municipios Autónomos que garantiza un escaño al partido que llegue en tercer lugar en las votaciones locales. "El pueblo de Arecibo se asegura con esta sentencia de mantener su voz de fiscalización y oposición a través del nuevo legislador municipal independentista, Profesor Rubén Marín", puntualizó Márquez.
La Sentencia dispone que “… el hecho de que el señor Legarreta haya dejado de representar al PIP-tercer partido minoritario-y se haya afiliado al PPD catalogándose como legislador municipal de dicho partido, trastoca el balance que quiso establecer nuestra Asamblea Legislativa al promulgar la Ley Núm. 81.”
San Juan, Puerto Rico. 17 de febrero de 2012.- El candidato a la Cámara de Representantes y abogado del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Lcdo. Denis Márquez, notificó hoy que el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Arecibo que ordenó devolverle a esa colectividad el escaño municipal usurpado por Gilberto Legarreta.
Legarreta hizo su ingreso al Partido Popular luego de ser electo legislador municipal del PIP bajo la disposición de la Ley de Municipios Autónomos que garantiza un escaño al partido que llegue en tercer lugar en las votaciones locales. "El pueblo de Arecibo se asegura con esta sentencia de mantener su voz de fiscalización y oposición a través del nuevo legislador municipal independentista, Profesor Rubén Marín", puntualizó Márquez.
La Sentencia dispone que “… el hecho de que el señor Legarreta haya dejado de representar al PIP-tercer partido minoritario-y se haya afiliado al PPD catalogándose como legislador municipal de dicho partido, trastoca el balance que quiso establecer nuestra Asamblea Legislativa al promulgar la Ley Núm. 81.”